Historia de la Habitabilidad

Como ya hemos visto, la habitabilidad es un concepto relacionado directamente con normas o leyes que son de obligado cumplimiento si se quiera obtener la cédula de habitabilidad, que es el documento o el sello, que nos verifica que nuestra casa cumple con los requisitos normativos a los segun la vivienda debe acogerse.

¿Cuando surge la habitabilidad?

La habitabilidad entendida como normativa aparece en España por primera vez en cuando se incrementa el interés por la salud de las personas.


¿POR QUE NUESTRA CASA ES UNA VIVIENDA?

Editar«¿Por que nuestra casa es una vivienda?»

Hay que tener en cuenta que construir y disponer de una casa no significa que pueda ser considerada una vivienda.

Para ello, se disponen de unas normativas técnicas que especifican como debe ser una casa o lo que llamamos algo habitable, y unas normativas que especifican como esa construcción pueda llegar a considerarse una vivienda.

Nuestra casa pueda considerarse una vivienda si cumple unos requisitos de habitabilidad especificados en una normativa, ya sea de carácter autonómico o municipal.

En el caso de obra nueva, el paso para conseguirlo es el siguiente:

  • Un grupo de arquitectos elabora el proyecto técnico que permite conseguir una licencia de obras. Es lo que llamamos proyecto básico. El proyecto indica como la construcción cumple con lo que especifican las normativas tanto para ser habitable como para poder considerarse una vivienda. Es decir con la habitabilidad.
  • Una vez el Ayuntamiento concede la licencia de obras a partir del Proyecto Básico.
  • Se procede a la elaboración del Proyecto constructivo o de ejecución que establecerá los parámetros principales para poder construir el edificio.
  • Se procede a la construcción de la obra una vez obtenida la licencia de obras y el proyecto constructivo.
  • Una vez finalizada la obra, se inician un conjunto de trámites administrativos para como se dijésemos dar de alta la vivienda. Estos trámites incluyen:
    • El certificado final de obra: elaborada por los técnicos del proyecto y de la obra.
    • El trámite de licencia de primera ocupación: que se tramita al ayuntamiento donde este situada la casa. Administración local.
    • El trámite de la cédula de habitabilidad: que se tramita ante la administración autonómica.
    • El trámite de alta catastro: que permitirá determinar el IBI que en el futuro el propietario de la vivienda deberá abonar al estado. Se tramita a la administración estatal.

Es precisamente ante este marco de tramites finales de una obra donde se sitúa la cédula de habitabilidad.

En el caso de viviendas ya construidas, el trámite de cédula de habitabilidad se requiere en los siguientes casos:

  • Venta de la vivienda
  • Alquiler de la vivienda
  • Por caducidad de la cédula de habitabilidad
  • Alta en los suministros básicos de una vivienda: Agua, Gas y electricidad.

En función de la comunidad autónoma donde se situe la vivienda, deberán cumplirse o no los plazos y requerimientos establecidos por la ley.